Programa de Promoción Horizontal por Niveles con Incentivos en Educación Básica La obtención de incentivos se llevará a cabo mediante el Programa de Promoción Horizontal por Niveles con Incentivos, integrado por niveles de estímulo, podrá participar de manera voluntaria el personal que en la Educación Básica realiza funciones docentes, de técnicos docentes, de asesoría técnica pedagógica, de dirección y de supervisión. En dicho programa se contempla la posibilidad de que los participantes puedan incorporarse, promoverse o conservar el incentivo sin necesidad de cambiar de función.
Programas de Promoción Horizontal para Educación Media Superior La promoción horizontal en Educación Medias Superior se llevará a cabo mediante los siguientes programas: Promoción en el Servicio Docente por Cambio de Categoría, Promoción en el Servicio Docente por Asignación de Horas Adicionales y el de Promoción en la Función por Incentivos. Estos programas consideran categorías, horas adicionales o niveles de incentivos y podrá participar el personal que labora en este tipo educativo y cumpla con lo establecido en los Artículos 64 y 65 de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.
Promoción Vertical La promoción a la función directiva o de supervisión es un movimiento vertical, que consiste en el ascenso a una categoría, puesto o cargo de mayor responsabilidad, acceso a otro nivel de ingresos y el cambio de función. La promoción a puestos con funciones de dirección y de supervisión en la educación básica y la educación media superior que imparta el Estado y sus organismos descentralizados, se llevará a cabo mediante procesos anuales de selección.
De acuerdo con lo establecido en los Criterios Excepcionales para la asignación a categorías con funciones de dirección y de supervisión en
Educación Básica. Ciclo Escolar 2020-2021:
Las Autoridades Educativas de las Entidades Federativas con la finalidad de garantizar la prestación del servicio público educativo, podrán
asignarles un nuevo nombramiento al personal que se le otorgó de manera temporal una plaza con funciones de dirección o de supervisión en Educación
Básica en el Ciclo Escolar 2019-2020, lo anterior, con efectos a partir del inicio del Ciclo Escolar 2020-2021 y hasta el término del mismo.
Los Criterios Excepcionales también son aplicables al personal que cuente con la categoría inmediata anterior para ocupar algún cargo de dirección o
de supervisión en Educación Básica y cumpla con los requisitos establecidos en el numeral Octavo de dichos Criterios.
Para mayor información sobre la asignación de categorías con funciones de dirección y de supervisión en Educación Básica, consultar los siguientes
documentos:
De acuerdo con lo establecido en los Criterios Excepcionales para la asignación de cargos con funciones de dirección y de supervisión en Educación
Media Superior, Ciclo Escolar 2020-2021:
Las autoridades de Educación Media Superior y los Organismos Descentralizados podrán ampliar, de manera excepcional, el nombramiento del personal
que esté en funciones de dirección o de supervisión y que haya sido promovido en Educación Media Superior en los Ciclos Escolares 2016-2017 y
2019-2020. Dicha ampliación será́ con efectos a partir del inicio del Ciclo Escolar 2020-2021 y hasta el término del mismo.
Los Criterios Excepcionales también son aplicables al personal que fue asignado producto de los concursos 2014-2015 y 2015-2016, siempre y cuando
este personal cumpla los requisitos establecidos en el numeral Octavo de dichos Criterios.
Para mayor información sobre la asignación de cargos con funciones de dirección y de supervisión en Educación Media Superior se pueden consultar
los siguientes documentos: